El fallecimiento de un pensionista es un momento difícil no solo emocionalmente, sino también desde el punto de vista administrativo. La gestión adecuada de estos trámites es crucial para evitar problemas futuros. En este artículo, vamos a detallar los pasos y obligaciones que tienen los familiares de un pensionista que ha fallecido, así como las posibles pensiones que pueden derivarse de esta situación.
Comunicar el fallecimiento de un pensionista es un trámite obligatorio
Cuando un pensionista fallece, es responsabilidad de sus familiares notificarlo a la entidad que se encarga del pago de sus pensiones. Esta entidad puede ser la Seguridad Social española, los Servicios Sociales autonómicos, o incluso la Seguridad Social de otro país si el pensionista recibía pensión en el extranjero. La comunicación debe realizarse a través de un certificado de defunción.
Es importante tener en cuenta que no cumplir con esta obligación puede llevar a sanciones. Si se recibe algún pago indebido después del fallecimiento, será necesario devolverlo, ya que las pensiones no son heredables y se extinguen automáticamente con el fallecimiento del titular.
Además, ocultar el hecho de que un pensionista ha fallecido para continuar cobrando su pensión es un delito contra la Seguridad Social que puede acarrear serias consecuencias legales, incluidas multas y penas de cárcel. Estos casos son reportados con frecuencia en los medios de comunicación, lo que subraya la importancia de realizar los trámites de manera adecuada.
En España, la mayoría de las comunicaciones se realizan al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que es el organismo encargado de gestionar las pensiones contributivas, como las de incapacidad, viudedad y jubilación.
Existen dos formas principales de realizar este trámite:
- A) Comunicación en persona en las oficinas de la Seguridad Social: Este procedimiento se lleva a cabo en los Centros de Atención de la Seguridad Social (CAISS). Es necesario solicitar cita previa, y el plazo para comunicar el fallecimiento es de 30 días hábiles desde el día del fallecimiento. Solo se requiere el original y una copia del certificado de defunción. La Seguridad Social proporcionará un resguardo de la comunicación y la fecha en que se realizó.
- B) Trámite a través de la sede electrónica: La comunicación de la defunción también se puede realizar en línea a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. Además, también se puede solicitar la "prestación devengada y no percibida" correspondiente al fallecido.
Una vez notificado el fallecimiento, la Seguridad Social abona el mes completo de pensión correspondiente al mes en que ocurrió el fallecimiento, así como la parte proporcional de cualquier paga extra que pudiera corresponderle.
Si el pensionista recibía prestaciones de los Servicios Sociales autonómicos, es igualmente necesario comunicar su fallecimiento a estas entidades. Cada comunidad autónoma puede tener procedimientos y requisitos específicos, por lo que es recomendable consultar directamente con el servicio correspondiente para asegurar que se siguen todos los pasos necesarios.
En caso de que el fallecido estuviera percibiendo una pensión de otro país, la comunicación es igualmente obligatoria. La Seguridad Social española no informará automáticamente a estas entidades, por lo que es responsabilidad de los familiares realizar el trámite.
Las administraciones de otros países suelen requerir un certificado de fe de vida de sus pensionistas, y cuando esto no se envía, el pago de la pensión se suspende. Sin embargo, si no se informa del fallecimiento, pueden generarse cobros indebidos, lo que podría resultar en problemas financieros y legales para los herederos.
Posibilidad de pensiones para los familiares del fallecido
A pesar de que “las pensiones no se heredan”, hay situaciones en las que el fallecimiento de un pensionista puede dar derecho a sus familiares a cobrar una nueva pensión. En estos casos, es fundamental que se cumplan ciertos requisitos específicos.
- Pensión de viudedad: Si el fallecido estaba casado, su cónyuge puede tener derecho a recibir una pensión de viudedad si se cumplen las condiciones establecidas por la ley.
- Pensión de orfandad: Los hijos del pensionista fallecido pueden tener derecho a recibir una pensión de orfandad, que se otorga a aquellos que dependían económicamente del fallecido.
- Pensión por fallecimiento: En algunas situaciones, otros miembros de la familia que dependían del pensionista pueden tener derecho a solicitar una pensión por fallecimiento.
Es recomendable que los familiares se informen en persona en las oficinas del INSS y consulten sobre las opciones disponibles, así como sobre los requisitos que deben cumplir para acceder a estas prestaciones. Este proceso puede ser crucial para garantizar el bienestar financiero de los seres queridos que quedan atrás.
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