La Renta de Inclusión Social de Galicia (RISGA) es una de las ayudas más significativas que ofrece la Junta de Galicia, diseñada para apoyar a las personas y familias que atraviesan dificultades económicas severas. Esta prestación tiene como finalidad proporcionar un soporte financiero a aquellos que no cuentan con los recursos necesarios para satisfacer sus necesidades básicas. En un contexto de creciente desigualdad, comprender cómo funciona esta ayuda es crucial para aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
En este artículo, desglosaremos los detalles sobre la RISGA, incluyendo sus requisitos, procedimientos para solicitarla, así como las obligaciones que deben cumplir los beneficiarios. Si te preguntas si tienes derecho a esta ayuda o necesitas aclarar tus dudas sobre el proceso, aquí encontrarás toda la información relevante.
- ¿Qué es la renta de inclusión social de Galicia (RISGA)?
- Condiciones para solicitar la renta de inclusión social en Galicia
- ¿Quiénes pueden ser beneficiarios de la RISGA?
- Cuantía de la renta de inclusión social en Galicia
- Documentación necesaria para solicitar la RISGA
- Cómo y dónde solicitar la renta de inclusión social
- Obligaciones de los beneficiarios de la RISGA
La Renta de Inclusión Social de Galicia, también conocida como RISGA, es una prestación económica establecida por la Xunta de Galicia que proporciona apoyo financiero a las personas y familias que no cuentan con ingresos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Esta ayuda se enmarca dentro de un enfoque más amplio de inclusión social que busca facilitar la autonomía y la integración de las personas en riesgo de exclusión social.
El programa se rige por la Ley 10/2013, que establece las bases para el acceso y la regulación de estas ayudas, orientadas a fomentar el bienestar social y económico de los ciudadanos gallegos. La RISGA no solo ofrece asistencia económica, sino que también incluye un plan de integración social que busca mejorar la empleabilidad y la inclusión activa de los beneficiarios.
Para acceder a la RISGA, los solicitantes deben cumplir con una serie de requisitos que aseguran que la ayuda se destine a quienes realmente la necesitan. A continuación, se presentan los criterios generales:
- Residencia en Galicia y empadronamiento en la comunidad autónoma al menos 6 meses antes de la solicitud.
- Ser mayor de 25 años.
- Los ingresos de la unidad familiar no deben exceder el límite establecido por la RISGA.
- No tener posibilidad legal de obtener alimentos de personas que están obligadas a proporcionarlos.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios de la RISGA?
El acceso a la RISGA está destinado a diferentes grupos de personas que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad. Entre los posibles beneficiarios se encuentran:
- Víctimas de violencia de género.
- Personas con discapacidad reconocida superior al 33%.
- Inmigrantes y emigrantes retornados.
- Familias monoparentales sin recursos.
- Personas que han estado bajo medidas de protección o que han cumplido condena.
- Individuos sin hogar o en riesgo de exclusión social.
- Personas que se encuentran en procesos de rehabilitación de adicciones.
- Miembros de minorías étnicas.
- Otros casos particulares que los servicios sociales consideren necesarios.
La RISGA establece diferentes tramos para determinar la cuantía y los complementos que pueden recibir los solicitantes. Estos tramos se dividen en:
- Tramo personal: Monto base para cada solicitante.
- Tramo familiar: Complemento adicional dependiendo del número de miembros en la unidad familiar.
- Tramo de inserción: Para quienes participan en itinerarios de formación y empleo.
- Tramo de transición al empleo: Para quienes comienzan a trabajar tras recibir la ayuda.
En el tramo personal, se establece que la cuantía mínima es del 75% del IPREM, que para el año 2021 se fijó en 564,90 € al mes. A continuación, se detalla la cuantía por unidad familiar:
| Unidad familiar | Límite sin menores | Límite con menores |
| 1 miembro | 423,68 € | N/A |
| 2 miembros | 502,77 € | N/A |
| 3 miembros | 570,56 € | N/A |
| 4 miembros | 627,05 € | N/A |
| 5 miembros | 677,88 € | 683,54 € |
| 6 miembros | 677,88 € | 740,03 € |
| 7 miembros | 677,88 € | 762,62 € |
El tramo de inserción ofrece una ayuda adicional para las personas que participan en programas de formación y empleo, pudiendo recibir un complemento del 15% o 35%% del IPREM dependiendo de su situación. Por otro lado, el tramo de transición está diseñado para quienes inician un trabajo, permitiendo un subsidio gradual durante un máximo de 6 meses.
Documentación necesaria para solicitar la RISGA
Para formalizar la solicitud de la Renta de Inclusión Social, es fundamental presentar una serie de documentos. A continuación, se enumeran los requisitos generales:
- Solicitud (Anexo I).
- Anexo II (Datos de la unidad familiar).
- Documento de identidad (DNI) del solicitante.
- Documentación de la Seguridad Social.
- Certificado de empadronamiento.
- Datos de la cuenta bancaria que se utilizará para recibir el pago.
- Informe de vida laboral.
- Declaración de la renta o datos fiscales del último ejercicio.
Es importante tener en cuenta que puede requerirse documentación adicional dependiendo de la situación particular del solicitante.
La solicitud de la RISGA puede hacerse en cualquier momento del año, tanto de forma presencial como a través de internet. Para gestionar la solicitud online, los interesados pueden acceder a la sede electrónica de la Xunta de Galicia, utilizando su certificado electrónico o el sistema Chave365.
Alternativamente, los solicitantes también pueden acudir a los servicios sociales del Ayuntamiento donde residen o a la Jefatura Territorial de la Consellería de Política Social en su provincia. A continuación se indican las direcciones de algunas de estas jefaturas:
| A Coruña | Lugo |
| Avda. Salvador de Madariaga, 9, 1º, 15071 A Coruña | Ronda de la Muralla, 70, 27071 Lugo |
| Ourense | Pontevedra |
| R/ Sáenz Díez, 33, 32071 Ourense | R/ Concepción Arenal, 8, 36201 Vigo (Pontevedra) |
Obligaciones de los beneficiarios de la RISGA
Recibir la Renta de Inclusión Social implica cumplir con ciertas obligaciones que son fundamentales para mantener el acceso a esta ayuda. Los beneficiarios deben:
- Notificar cualquier error en las cantidades recibidas y reintegrarlas si es necesario.
- Proporcionar información requerida de manera clara y oportuna.
- Cumplir con los compromisos establecidos en el proyecto de integración social.
- Realizar cualquier otra actividad relacionada con la percepción de la RISGA que se considere necesaria.
Para quienes necesiten asistencia en la gestión de documentos y aclaraciones sobre la Renta de Inclusión Social, ofrecemos el servicio "papeles claros" en AsesoraTech. A través de este servicio, se puede enviar cualquier tipo de documentación y recibir orientación sobre los pasos a seguir en el proceso de solicitud.
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