Pensiones del SOVI: seguro obligatorio de vejez e invalidez

Conocer el funcionamiento de los sistemas de pensiones es crucial para asegurar un futuro financiero estable. Entre ellos, el Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) se presenta como una opción relevante para un grupo específico de beneficiarios. En este artículo, profundizaremos en qué es el SOVI, quiénes pueden beneficiarse de él y cómo se gestionan las pensiones asociadas a este régimen.

¿Qué es el SOVI?

El Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez, conocido como SOVI, fue el sistema de protección social que existía en España antes de la instauración de la actual Seguridad Social en 1967. Este seguro tenía como objetivo principal garantizar un ingreso a los trabajadores que llegaban a la jubilación, sufrían una invalidez o se enfrentaban a la viudedad.

A pesar de haber sido reemplazado por un sistema más amplio y moderno, el SOVI sigue vigente, aunque de forma residual. Su existencia actual se limita a aquellos trabajadores que, habiendo cotizado un mínimo de 1800 días antes de 1967, no tienen derecho a una pensión bajo el sistema de Seguridad Social actual.

Este contexto hace que las pensiones del SOVI sean especialmente relevantes para un grupo demográfico que, en su mayoría, son mujeres que trabajaron antes de 1967 y no han vuelto a cotizar, lo que las convierte en la única vía para conseguir una jubilación digna.

En el último año, más de 300.000 personas recibieron pensiones del SOVI, siendo la mayoría correspondientes a jubilaciones, mientras que menos del 10% fueron pensiones de viudedad e invalidez. El importe medio de estas pensiones se situó en aproximadamente 381 euros al mes.

Tipos de pensiones del SOVI

El SOVI contempla tres tipos de pensiones: vejez, invalidez y viudedad. Cada una de ellas tiene requisitos específicos que se deben cumplir. A diferencia del actual sistema de Seguridad Social, el SOVI no ofrece pensiones de orfandad ni ayudas por defunción. A continuación, se detallan los requisitos para cada tipo de pensión.

Pensión de vejez del SOVI

Los requisitos para acceder a la pensión de vejez son:

  • No tener derecho a una pensión de la Seguridad Social.
  • Tener al menos 65 años, o 60 años si se solicita por incapacidad permanente total que no derive de un accidente laboral o enfermedad profesional.
  • Haber cotizado un mínimo de 1800 días antes del 1 de enero de 1967 o haber estado afiliado al antiguo Retiro Obrero.

Pensión de invalidez del SOVI

Para obtener una pensión de invalidez, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • No tener derecho a una pensión de la Seguridad Social.
  • Tener al menos 1800 días cotizados en el SOVI.
  • Tener 50 años, reducido a 30 en casos de pérdida total de visión, enajenación mental incurable, o pérdida total de los brazos o piernas.
  • Estar incapacitado de forma absoluta y permanente para trabajar.
  • La incapacidad no debe derivar de un accidente laboral o enfermedad profesional indemnizable.

Pensión de viudedad del SOVI

Los requisitos para solicitar la pensión de viudedad son:

  • No tener derecho a una pensión de la Seguridad Social, aunque puede ser compatible con algunas.
  • No tener derecho a otra pensión del SOVI.
  • Si el fallecido era pensionista del SOVI, la muerte debe haber ocurrido después del 31 de diciembre de 1966 y se deben cumplir los mismos requisitos que para la pensión de viudedad de la Seguridad Social.
  • Si el fallecido no era pensionista del SOVI, debe haber fallecido después del 1 de enero de 1956 o haber estado afiliado al Retiro Obrero o haber cotizado 1800 días antes del 1 de enero de 1967.
  • Tener 65 años al momento del fallecimiento del cónyuge o estar incapacitado para trabajar.
  • No haberse vuelto a casar en los 10 años anteriores al fallecimiento.

La solicitud de esta pensión puede hacerse en cualquier momento si el fallecimiento del cónyuge o el cumplimiento de los 65 años ocurre a partir del 22 de junio de 1967. En otros casos, la solicitud debe realizarse dentro de los 5 años posteriores al fallecimiento o al cumplimiento de los 65 años.

Importe de la pensión del SOVI

Las pensiones del SOVI han experimentado actualizaciones, la más reciente en 2019, siguiendo las subidas aprobadas en el Real Decreto-Ley 28/2018. La cuantía de las pensiones es uniforme y depende de si se tiene derecho a alguna pensión adicional.

Las pensiones se clasifican en:

  • Pensiones no concurrentes: Si no se recibe ninguna otra pensión, el importe anual es de 6.071,80 euros, lo que equivale a 433 euros mensuales en 14 pagas.
  • Pensiones concurrentes: Si se recibe otra pensión, como la de viudedad, el importe es de 5.894 euros anuales, lo que se traduce en 421 euros mensuales.

Ambas pensiones se distribuyen en 14 pagas, incluyendo dos pagas extraordinarias en verano y Navidad. Es importante destacar que se trata de pensiones fijas y vitalicias.

Si se recibe la pensión de viudedad de la Seguridad Social y del SOVI, la suma total no puede superar el doble de la pensión mínima de viudedad. Si se excede este límite, se ajustará el importe de la pensión del SOVI.

La pensión de vejez comienza a cobrarse a partir de los 65 años, siempre que se haya solicitado dentro de los 30 días siguientes. Si no se solicita en ese periodo, comenzará a partir del mes siguiente a la solicitud. Para las pensiones de invalidez y viudedad, el cobro inicia el mes siguiente a la petición.

Cómo solicitar una pensión del SOVI

La solicitud de las pensiones del SOVI se debe realizar ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o el Instituto Social de la Marina, dependiendo del caso particular. Para presentar la solicitud, es necesario cumplir con una serie de requisitos documentales.

Los documentos necesarios incluyen:

  • Modelo de solicitud correspondiente a la pensión que se desea solicitar (vejez, invalidez o viudedad).
  • DNI del solicitante.
  • Libro de familia o certificado de matrimonio, si aplica.
  • DNI del cónyuge y de familiares mayores de 14 años que convivan y estén a su cargo.
  • Certificado del acta de defunción, en el caso de la pensión de viudedad.
  • Sentencia de separación judicial o divorcio, si se solicita la pensión de viudedad y se está separado o divorciado.

Si necesitas ayuda con la documentación necesaria para solicitar tu pensión del SOVI, puedes utilizar el servicio Papeles Claros de AsesoraTech. Este servicio te permite enviar tus documentos y obtener aclaraciones sobre el proceso de solicitud. Visita Papeles Claros para más información.

Incompatibilidades con otras pensiones

Las pensiones del SOVI presentan algunas incompatibilidades que es importante tener en cuenta:

  • Entre pensiones del SOVI: No se pueden solicitar dos pensiones del SOVI al mismo tiempo. Sin embargo, existen excepciones para ayudas o prestaciones relacionadas con la guerra civil. En caso de tener derecho a dos pensiones incompatibles, se puede optar por la más beneficiosa.
  • Con otras pensiones de la Seguridad Social: Las pensiones del SOVI no son compatibles con cualquier otra pensión del sistema de Seguridad Social, a excepción de las pensiones de viudedad.
  • Desde la Ley 9/2005, se permite la compatibilidad de las pensiones del SOVI con las pensiones de viudedad del Sistema de Seguridad Social, con el límite de que la suma de ambas no puede exceder el doble de la pensión mínima de viudedad vigente en cada momento.

Si se sobrepasa este límite, se ajustará el importe a recibir de la pensión del SOVI, asegurando así el cumplimiento de las normativas establecidas.

Para aclaraciones sobre las pensiones y su compatibilidad, puedes aprovechar el servicio de Papeles Claros de AsesoraTech, donde recibirás asistencia personalizada para resolver tus dudas sobre la documentación necesaria.

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