Pensión de jubilación compatible al 100% con ingresos artísticos

En un avance significativo para los artistas en España, se ha aprobado un reglamento que permite a los creadores mantener sus ingresos por propiedad intelectual mientras perciben una pensión de jubilación. Este cambio no solo beneficia a artistas como actores, escritores y músicos, sino que también promueve una mayor inclusión de los creadores en el sistema de seguridad social. A continuación, profundizaremos en los detalles de esta nueva normativa y en los procedimientos necesarios para llevarla a cabo.

Índice
  1. Compatibilidad entre pensión de jubilación y derechos de propiedad intelectual
  2. Trámites necesarios para la compatibilidad
  3. Regulación oficial: Real Decreto 302/2019
  4. ¿Qué implica la cuota solidaria para los artistas?
  5. Asesoría para artistas: servicio "Papeles Claros"

Compatibilidad entre pensión de jubilación y derechos de propiedad intelectual

El 26 de abril de 2019 marcó un hito en la relación entre el Sistema de Seguridad Social y los artistas jubilados. Hasta ahora, aquellos que recibían ingresos por creación artística, como escritores o músicos, se enfrentaban a la penalización de perder parte de sus pensiones si sus ingresos superaban el Salario Mínimo Interprofesional. Sin embargo, con la nueva normativa, se abre la posibilidad de cobrar el 100% de la pensión de jubilación mientras se generan ingresos por derechos de autor.

Este nuevo reglamento, que se deriva del Real Decreto-Ley 26/2018, establece las condiciones para que los artistas puedan combinar su pensión con actividades de creación artística. Esto incluye a diversos profesionales del ámbito artístico, como:

  • Actores y actrices
  • Escritores y novelistas
  • Cineastas y directores
  • Músicos y compositores
  • Bailarines y coreógrafos

Además, los artistas que opten por esta compatibilidad deberán realizar una cotización del 8% sobre sus ingresos de propiedad intelectual, contribuyendo así al sostenimiento del sistema de seguridad social.

Trámites necesarios para la compatibilidad

El Ministerio de Trabajo ha diseñado dos procedimientos diferentes, dependiendo de la situación del artista respecto a su pensión y actividad artística:

  1. Para pensionistas que inician una actividad artística: Aquellos que ya perciben una pensión de jubilación y desean comenzar a recibir ingresos por derechos de propiedad intelectual deberán solicitar el alta en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en el régimen que corresponda a su actividad.
  2. Para artistas ya en alta que desean jubilarse: Si un artista ya está dado de alta en algún régimen de la Seguridad Social y quiere mantener su actividad al acceder a la jubilación, debe comunicar su intención de compatibilizar esta actividad a la entidad gestora, evitando así la suspensión de su pensión.

En ambos casos, es fundamental tener en cuenta lo siguiente:

  • Los artistas seguirán cotizando por Incapacidad Temporal y contingencias profesionales durante el tiempo que mantengan la actividad artística.
  • La cotización solidaria del 8% se aplicará sobre la base de cotización por contingencias comunes, donde el 6% será cubierto por la empresa (si aplica) y el 2% por el propio trabajador.
  • La prestación por Incapacidad Temporal solo será accesible mientras se desarrolle la actividad artística compatible con la pensión.

El impacto económico de esta nueva regulación se estima en 14,4 millones de euros, con un incremento de la recaudación por la cuota solidaria que alcanzará los 1,72 millones de euros.

Regulación oficial: Real Decreto 302/2019

El BOE del 29 de abril de 2019 ha publicado el reglamento que permite esta compatibilidad, ofreciendo a los artistas un marco legal claro para continuar desarrollando su actividad creativa sin sacrificar su seguridad económica. Este decreto es un paso hacia la modernización del sistema de pensiones y la adaptación a las realidades del trabajo creativo.

La norma no solo es un alivio para los artistas, sino también un reconocimiento de su contribución a la cultura y la economía del país. La posibilidad de generar ingresos de manera sostenible mientras se recibe una pensión es un avance que fomenta la creación y la innovación.

¿Qué implica la cuota solidaria para los artistas?

La cuota solidaria del 8% es un elemento fundamental en esta nueva regulación. Esta aportación no solo es un compromiso con el sistema de seguridad social, sino que también representa una forma de asegurar que los artistas contribuyan a la sostenibilidad del sistema que les permite disfrutar de su pensión. Aquí hay algunos detalles sobre esta cuota:

  • La base de cotización se establece sobre los ingresos por derechos de propiedad intelectual.
  • En caso de que el artista trabaje por cuenta ajena, la empresa asumirá el 6% y el artista el 2% de esta cotización.
  • Es importante destacar que esta cotización no computará para el cálculo de futuras prestaciones, lo que significa que no afectará la cantidad que se pueda recibir en el futuro.

Esta disposición asegura que los artistas sigan siendo parte activa del sistema, contribuyendo a su sostenibilidad mientras tienen la libertad de continuar creando.

Asesoría para artistas: servicio "Papeles Claros"

Para aquellos artistas que necesiten aclarar dudas sobre la documentación necesaria para beneficiarse de esta nueva normativa, AsesoraTech ofrece el servicio "papeles claros". A través de esta plataforma, los artistas pueden enviar sus consultas y recibir asesoramiento especializado en materia laboral y de seguridad social. Este servicio es ideal para quienes desean entender mejor cómo gestionar sus derechos y obligaciones en el contexto de la nueva ley.

Si estás interesado en recibir más información o necesitas ayuda con la documentación relacionada, te invitamos a visitar nuestro sitio web y utilizar el servicio de "Papeles Claros" para obtener respuestas claras y precisas sobre tu situación.

No te pierdas:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Tu puntuación: Útil

Subir