Obligación de alta en autónomos si se gana menos del salario mínimo

Emprender una actividad profesional por cuenta propia puede ser un camino emocionante, pero también está lleno de dudas, especialmente en lo que respecta a las obligaciones legales. Una de las preguntas más frecuentes es si es necesario darse de alta como autónomo, especialmente si los ingresos son bajos. En este artículo, desglosaremos esta cuestión y exploraremos las distintas interpretaciones legales que pueden afectar a los nuevos emprendedores.

Obligatoriedad de darse de alta como autónomo

Actualizado: 24/09/2021

Una de las principales preocupaciones de quienes deciden iniciar un negocio es conocer el momento preciso en que deben registrarse como autónomos y comenzar a pagar sus cuotas a la Seguridad Social. Este proceso puede parecer complejo, pero es fundamental para evitar sanciones y asegurar una correcta cotización.

En la actualidad, existe la conocida “tarifa plana” para nuevos autónomos, que permite que durante el primer año, o incluso más en algunas comunidades, se pague una cuota reducida de solo 60 euros mensuales, en lugar de la cuota mínima habitual de 283 euros. Si cumples con los requisitos para acceder a esta tarifa, es muy recomendable que lo hagas. No solo te evitará preocupaciones sobre posibles sanciones, sino que también te permitirá empezar a cotizar para tu jubilación y acceder a otras prestaciones.

A pesar de estas facilidades, es importante recordar que la tarifa plana es temporal y que hay distintos tipos de autónomos, algunos de los cuales pueden tener ingresos limitados. Una cuestión clave a tener en cuenta es que Hacienda y la Seguridad Social son entidades independientes. Aunque debes declarar tus ingresos a Hacienda y darte de alta para ello, no necesariamente significa que debas estar registrado en la Seguridad Social. Esta última obligación corresponde a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Inspección de Trabajo.

Definición de trabajador autónomo y habitualidad

El concepto de trabajador autónomo está definido en la normativa de la Seguridad Social. Según el artículo 305.1 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), se considera autónomo a aquella persona que realice de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin estar sujeta a un contrato de trabajo, aunque pueda emplear a otras personas.

La clave aquí radica en la “habitualidad”. Es decir, si un individuo realiza su actividad de manera continua y con la intención de obtener ingresos, es probable que esté obligado a registrarse como autónomo, independientemente de lo que gane.

Sin embargo, surge la pregunta: una persona que apenas genera ingresos, ¿debe considerarse que está ejerciendo su actividad de manera habitual y, por lo tanto, registrarse en el régimen de autónomos? Aquí es donde se presenta una discrepancia entre la interpretación de la Seguridad Social y los tribunales.

La regulación de la habitualidad y su ambigüedad

La situación de aquellos autónomos que obtienen ingresos por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es un tema complejo. La ley contempla que se examinarán los elementos que condicionan el concepto de habitualidad, especialmente para aquellos cuyos ingresos no superan el SMI, que en 2021 era de 965 euros al mes.

A pesar de que la legislación reconoce este problema, aún no ha habido un avance significativo para aclararlo. Por lo tanto, los profesionales a menudo se encuentran en una zona gris y necesitan establecer qué criterio seguir.

Criterios de la Tesorería General de la Seguridad Social

La Tesorería General de la Seguridad Social sostiene que si hay actividad, debe haber alta. Este enfoque enfatiza que cualquier persona que realice una actividad económica, independientemente de sus ingresos, está sujeta a la obligación de registrarse. Aunque algunos funcionarios de la Seguridad Social han admitido que pueden existir “actividades marginales” donde esta obligación es más difícil de justificar, el mensaje oficial sigue siendo claro: la alta es necesaria si se desarrolla una actividad de manera habitual.

Los responsables de la Seguridad Social han manifestado que ha habido una “idea errónea” en la sociedad sobre la exención de esta obligación por ingresos bajos. Sin embargo, la realidad es que cualquier actividad que implique la generación de ingresos requiere alta en el régimen de autónomos.

Interpretación jurisprudencial del Tribunal Supremo

Por otro lado, el Tribunal Supremo ha emitido sentencias que ofrecen un enfoque diferente. En sus decisiones del 29 de octubre de 1997 y del 20 de marzo de 2007, se establece que el requisito de habitualidad está relacionado con los ingresos. Según esta interpretación, si los ingresos no superan el SMI, no existiría la obligación de registrarse como autónomo.

Esta interpretación ha permitido que muchas personas con actividades puntuales, que generan menos de 13,510 euros al año, no se registren como autónomos, aunque sí deben declarar sus ingresos a Hacienda desde el primer euro que generen.

El dilema para los nuevos autónomos

Frente a esta dualidad, el emprendedor se enfrenta a una decisión crítica: seguir el criterio de la Seguridad Social, que enfatiza la habitualidad, o el de los tribunales, que vincula esta necesidad a los ingresos obtenidos. Hasta que se produzca una clarificación legislativa, aquí hay algunas sugerencias prácticas para enfrentar esta situación:

  • Investiga tu sector: Analiza las normativas que aplican a tu actividad y contacta con otros profesionales para comprender mejor las obligaciones específicas.
  • Busca asesoramiento profesional: Considera consultar con asesores que ofrezcan servicios a autónomos para obtener información adaptada a tu situación particular.
  • Evalúa tus proyecciones: Si prevés un crecimiento en tus ingresos, puede ser ventajoso registrarte en el régimen de autónomos, ya que tendrás acceso a protección social y prestaciones.
  • Considera las bonificaciones: Aprovecha las reducciones y bonificaciones disponibles, como la tarifa plana, que puede facilitar tu inicio como autónomo.

En este contexto de incertidumbre, el servicio “papeles claros” de AsesoraTech te permite enviar tu documentación y recibir aclaraciones sobre tu situación específica, ayudándote a tomar decisiones informadas y seguras. Puedes consultar más sobre este servicio aquí.

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