Darse de alta como autónomo a cualquier edad y seguir cobrando el paro

Desde octubre de 2015, la normativa en España ha cambiado significativamente, permitiendo que cualquier persona desempleada, sin importar su edad, pueda darse de alta como trabajador autónomo mientras sigue recibiendo su prestación por desempleo. Esta medida busca fomentar el emprendimiento y apoyar a quienes desean iniciar su propio negocio. Si estás considerando esta opción, es fundamental que conozcas los requisitos y procedimientos necesarios para hacerlo de manera legal y efectiva.

Requisitos para la compatibilidad de la prestación y el alta en autónomos

Si decides emprender y al mismo tiempo mantener tu prestación por desempleo, hay ciertos requisitos que debes cumplir. A continuación, se detallan las condiciones necesarias:

  1. Prestación contributiva: La opción de compatibilidad se aplica únicamente a quienes estén cobrando la prestación contributiva por desempleo, es decir, la que se obtiene tras haber cotizado a la Seguridad Social. No es válida para quienes reciban subsidios por desempleo o ayudas extraordinarias.
  2. Cese definitivo de actividad: Es imprescindible que el trabajador haya cesado su actividad laboral anterior de manera definitiva para poder optar a la compatibilidad.
  3. Plazo de solicitud: La solicitud para seguir cobrando el paro mientras se trabaja como autónomo debe presentarse durante los primeros 15 días de actividad. Si se supera este plazo, se pierde el derecho a la compatibilidad.
  4. Alta en la Seguridad Social: Es necesario estar dado de alta como trabajador autónomo en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
  5. Duración de la prestación: Se puede seguir percibiendo la prestación durante un máximo de 9 meses (270 días) o el tiempo que quede de prestación si es menor.
  6. Exclusiones: Hay una serie de situaciones en las que no se puede solicitar la compatibilidad, tales como:
    • Comenzar actividad por cuenta propia sin estar dado de alta en la Seguridad Social.
    • Incorporarse a una cooperativa o sociedad laboral ya constituida.
    • Causar alta en el régimen de autónomos para unirse a una sociedad mercantil donde se ha trabajado anteriormente.
    • Si el último empleo ha sido por cuenta propia.
    • Haber utilizado el derecho de compatibilidad en los últimos 24 meses.
    • Obtener el pago único de la prestación por desempleo en los 24 meses anteriores.
    • Firmar un contrato con el mismo empleador para el que se trabajó antes de ser desempleado.

Los trabajadores que cumplan con estos requisitos podrán percibir el 100% de su prestación por desempleo, aunque no recibirán deducciones por cotización a la Seguridad Social, ya que estarán cotizando en el régimen de autónomos.

Durante el tiempo que se mantenga esta compatibilidad, el trabajador no estará obligado a cumplir con las obligaciones del compromiso de actividad, es decir, no necesitará sellar el paro ni asistir a cursos o sesiones de control.

¿Cómo solicitar la compatibilidad del paro con el trabajo autónomo?

Para solicitar la continuación del cobro de la prestación por desempleo mientras se inicia una actividad como autónomo, hay que seguir estos pasos:

  1. Pedir cita previa en la oficina de empleo correspondiente.
  2. Completar el impreso de solicitud de prestación contributiva, asegurándote de marcar la opción “Compatibilidad con el trabajo por cuenta propia”.
  3. Presentar la documentación necesaria en el momento de la cita.

Si necesitas más detalles sobre cómo realizar este proceso, puedes consultar el servicio "Papeles Claros" de AsesoraTech, donde nuestros expertos te ayudarán a aclarar cualquier duda y a gestionar tu documentación de manera efectiva. Simplemente visita Papeles Claros y envíanos tus documentos.

Si no se cumplen los requisitos, se debe solicitar la suspensión del pago de las ayudas por desempleo

Si en cualquier momento de tu actividad como autónomo no cumples con los requisitos establecidos, es fundamental que acudas a la oficina de empleo para solicitar la suspensión del pago de las ayudas de desempleo. Esto es crucial para evitar sanciones y para mantener la posibilidad de reanudar tu prestación más adelante, incluso hasta cinco años después, si tu negocio no tiene éxito.

Este proceso asegura que, en caso de que tu actividad como autónomo no prospere, aún puedas acceder a la prestación por desempleo que te corresponde. En este sentido, es importante que estés informado sobre los procedimientos para solicitar la suspensión. Recuerda que el cumplimiento de estas normativas protege tus derechos como trabajador.

Otras medidas de apoyo a los emprendedores

El gobierno ha implementado diversas iniciativas para apoyar el autoempleo y el emprendimiento en España. Entre estas medidas se destacan:

  • Tarifa plana de autónomos: Esta medida permite a los nuevos emprendedores pagar solo 50 euros mensuales durante los primeros 12 meses de su alta en el régimen de autónomos.
  • Capitalización del paro: Los emprendedores pueden optar por recibir el pago único de su prestación por desempleo para financiar su nuevo negocio.
  • Subvenciones y ayudas específicas: Existen programas de financiamiento y apoyo específico para emprendedores en diversas áreas y sectores.

Para obtener más información sobre estas y otras medidas de apoyo, no dudes en consultar nuestro servicio "Papeles Claros", donde recibirás asesoría especializada en todo lo relacionado con el emprendimiento y la gestión de tu negocio.

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