Baja por incapacidad temporal en autónomos: lo que necesitas saber

Los trabajadores autónomos, al igual que los empleados por cuenta ajena, enfrentan la posibilidad de enfrentar situaciones de incapacidad temporal debido a enfermedades o accidentes. Pero, ¿qué implica realmente esta incapacidad? ¿Cómo pueden los autónomos asegurarse de recibir la asistencia necesaria? En este artículo, exploraremos en profundidad todos los aspectos relacionados con la baja médica y los derechos de los autónomos.

Índice
  1. Las bajas médicas de los autónomos
  2. Tipos de baja: enfermedad común y accidente no laboral
  3. Tipos de baja: enfermedad profesional y accidente de trabajo
  4. ¿Cuánto cobra un autónomo de baja?
  5. Trámites para solicitar la baja médica siendo autónomo

Las bajas médicas de los autónomos

La incapacidad temporal (IT) se presenta cuando un autónomo no puede desempeñar su actividad laboral debido a problemas de salud o accidentes. Es fundamental que los autónomos estén al tanto de su derecho a recibir tanto asistencia sanitaria como una prestación económica durante este periodo de inactividad.

Al iniciar su actividad, los autónomos deben elegir una Mutua colaboradora, que será la entidad responsable de gestionar su protección en caso de incapacidad temporal, así como en situaciones de cese de actividad o formación profesional. Esta elección es crucial, ya que la Mutua será quien les brinde el apoyo necesario durante el tiempo de baja.

Una de las mejoras significativas introducidas en 2019 establece que, a partir de los 60 días de baja médica, el autónomo queda exento de pagar su cuota mensual de Seguridad Social, siendo la Mutua o el INSS quienes asuman este gasto. Esta medida busca aliviar la carga económica que enfrentan los autónomos durante su recuperación.

A partir de los 60 días de baja, el autónomo queda exento de la obligación de pagar su cuota mensual de Seguridad Social.

En el resto de este artículo, desglosaremos los requisitos para acceder a la protección, el importe que se recibe y los pasos necesarios para solicitar la baja médica.

Tipos de baja: enfermedad común y accidente no laboral

Dentro del ámbito de la incapacidad temporal, distinguimos entre enfermedades comunes y accidentes no laborales. Estas contingencias abarcan situaciones en las que el autónomo se encuentra incapacitado debido a enfermedades o accidentes que no están relacionados directamente con su actividad laboral.

Por ejemplo, un autónomo puede sufrir un resfriado o un esguince en su hogar. En estos casos, tiene derecho a solicitar una prestación económica además de recibir asistencia sanitaria.

La Mutua colaboradora pagará una cantidad diaria durante el tiempo que el autónomo esté de baja. Sin embargo, es importante tener en cuenta que:

  • No se percibe ninguna cantidad durante los tres primeros días de baja.
  • Desde el día 4 hasta el día 20, se recibe el 60% de la base de cotización.
  • A partir del día 21, este porcentaje aumenta al 75%.

Para acceder a esta prestación, es necesario estar al corriente de las cuotas y haber cotizado al menos 180 días en los últimos cinco años si la baja es por enfermedad común. En el caso de accidentes no laborales, no se requiere este periodo mínimo de cotización.

Tipos de baja: enfermedad profesional y accidente de trabajo

Las contingencias profesionales se refieren a los casos en que el autónomo se incapacita debido a una enfermedad directamente relacionada con su actividad laboral o a un accidente de trabajo. Por ejemplo, un autónomo que sufre problemas respiratorios debido a la inhalación de sustancias tóxicas en su trabajo de pintura.

Desde 2019, es obligatorio que todos los autónomos coticen por contingencias profesionales, lo que les asegura una protección adecuada. Para poder acceder a la prestación económica en estos casos, solo es necesario haber cotizado por contingencias profesionales, sin exigir un periodo mínimo de cotización.

El importe a percibir es del 75% de la base de cotización desde el día siguiente a la baja, lo que proporciona un alivio financiero inmediato durante la recuperación.

¿Cuánto cobra un autónomo de baja?

El monto que recibe un autónomo durante su baja dependerá de la causa de su incapacidad temporal y de su base reguladora. Esta base se determina tomando la base de cotización del mes anterior y dividiéndola entre 30 días. Es importante destacar que alrededor del 80% de los autónomos cotiza por la base mínima, lo que puede resultar en prestaciones bastante bajas, llevando a muchos a considerar la opción de seguir trabajando a pesar de su estado de salud.

Motivo de la incapacidad temporal% de base reguladora
Enfermedad común o accidente no laboral
  • Del día 1 al 3: Nada
  • Del día 4 al 20: 60%
  • A partir del día 21: 75%
Enfermedad profesional75% desde el día siguiente a la baja
Accidente de trabajo75% desde el día siguiente a la baja

Trámites para solicitar la baja médica siendo autónomo

Para gestionar la baja médica, es crucial que los autónomos realicen los trámites adecuados ante la Mutua Colaboradora elegida al momento de darse de alta. Es recomendable solicitar a la Mutua una guía actualizada sobre cómo llevar a cabo estos procesos, que suelen estar disponibles en sus páginas web.

Generalmente, al estar de baja, es necesario presentar la siguiente documentación ante la Mutua:

  • Parte de baja médica emitido por el médico de cabecera.
  • Solicitud de baja firmada por el autónomo.
  • DNI o NIE del autónomo.
  • Justificantes de pago de los últimos tres meses.
  • Declaración de situación de actividad, indicando si se deja a otra persona encargada de la actividad laboral o si se cesa completamente.

Es vital que durante el periodo de incapacidad temporal, el autónomo asista a todas las citas y revisiones programadas por la Mutua para evitar la pérdida de las prestaciones. Al llegar al límite de la duración de la baja (un año o un año y seis meses en caso de prórroga), el trabajador deberá someterse a un Equipo de Valoración de Incapacidades, conocido como tribunal médico, que evaluará su situación.

Los Equipos de Valoración de Incapacidades (EVI) son cruciales para evaluar la situación de los trabajadores autónomos que han agotado su periodo de baja.

Si tienes dudas sobre el proceso o necesitas ayuda con la documentación requerida, puedes consultar nuestro servicio Papeles Claros, donde te ayudaremos a aclarar todos tus documentos y a gestionar tu situación laboral con la mayor claridad posible.

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